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En Respeta, entidad por la cual está este área en Igual Dignidad e incluir ayuda a las pymes y autónomos que llevan años comprometidos con las reivindicaciones sociales, mejorando la vida de la ciudadanía. Lo hacen de forma anónima, sin buscar publicidad o reconocimiento.
También sabemos, a través de sus testimonios, lo que cuesta mantener los negocios, las empresas y el empleo.
Como entidad que trabaja por la Universalidad de los Derechos Humanos, nos preocupa y sentimos las 826 muertes en accidentes laborales en España en 2022. Un incremento del 17,2%. 826 personas con sus familias, sus sueños, sus vidas perdidas en el puesto de trabajo o después de un accidente laboral. Desde nuestra entidad, mandamos nuestro apoyo a sus familiares y amigos. Para nosotros, no son un número o una cifra, son personas.
Como entidad, también nos preocupan las 653.510 accidentes de trabajo con baja en 2022, un 8,7% más que el año anterior.
Como personas que cuidamos de personas, no creemos que solo con visibilizar y ayudar contra los accidentes laborales sea suficiente.
Por eso, damos un paso más adelante y ayudamos a Autónomos y Pymes en la Prevención de Riesgos Laborales. Entre todos/as/es, acabemos con este problema que afecta a nuestra sociedad.
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La Prevención de Riesgos Laborales (PRL) refiere a un conjunto de medidas y acciones orientadas a garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en sus lugares de trabajo. El propósito fundamental es prevenir y reducir los riesgos que puedan resultar en accidentes laborales, enfermedades profesionales u otros daños para la salud de los empleados.
La PRL abarca diversos aspectos, como la identificación de riesgos específicos en los diferentes puestos de trabajo, la implementación de medidas de seguridad y control, la formación y capacitación de los trabajadores, la promoción de una cultura de prevención y la colaboración entre empleadores, empleados y autoridades para lograr entornos laborales seguros y saludables.
En el marco jurídico español, la PRL está regulada por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como por su normativa complementaria. Esta legislación establece las obligaciones y responsabilidades tanto de los empleadores como de los trabajadores en relación con la identificación, evaluación y control de los riesgos laborales.
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales funciona como el marco legal fundamental que regula la protección de los trabajadores y el establecimiento de medidas para prevenir riesgos en el entorno laboral. La Ley exige que tanto empleadores como empleados colaboren en garantizar un ambiente seguro, tomando medidas para evitar accidentes y proteger la salud de todos los involucrados en la actividad laboral.
Dentro de la empresa, todos tienen su papel en eso de la prevención de riesgos laborales (PRL). Sin embargo, la o el empresario es el quien tiene la mayor responsabilidad de asegurarse de que todo lo que hacemos en el trabajo se dé en un ambiente seguro y saludable. Eso conlleva hacer un montón de cosas para prevenir problemas.
Para que la prevención de riesgos laborales funcione bien, tiene que estar organizada y bien planificada, así como cualquier otro aspecto de la empresa. Si el jefe se pone las pilas y lidera en esto, evitamos líos como accidentes, enfermedades extrañas o que las cosas se estropeen por errores tontos.
Si los empleados ven que los jefes se toman en serio lo de cumplir las normas y se preocupan de que hagamos bien nuestro trabajo, eso afecta directamente a cómo trabajamos. Se nota en la calidad de lo que sacamos, en cómo nos ponemos creativos para mejorar las cosas y, al final, en que todo funcione como un reloj y nos destaquemos por ser los mejores en lo que hacemos.
Una de las primeras cosas que hay que decidir cuando se trata de manejar la prevención de riesgos laborales (PRL) en la empresa es cómo organizar todo y asignar los recursos necesarios, lo que se llama “modalidad preventiva”.
En la gestión de la PRL, se pueden usar recursos internos o externos, dependiendo de cómo sea la empresa, el tipo de actividad que realiza y cuántos empleados tenga.
Designar uno o más empleados de la empresa para que se ocupen de las labores preventivas, siempre y cuando tengan la formación y los recursos adecuados.
Crear un Servicio de Prevención Propio (SPP), o sea, un equipo dentro de la empresa que se encargue de las tareas preventivas. Este equipo tiene que estar bien conformado, con personal capacitado según lo que la empresa hace, y con los recursos adecuados. Esta opción es obligatoria para empresas que:
La posibilidad de crear un Servicio de Prevención Mancomunado (SPM) junto con otras empresas es otra opción. Aquí, se comparten los recursos humanos y materiales especializados para llevar a cabo las acciones preventivas necesarias. Esto se considera un servicio propio de las empresas que participan en su formación.
La creación de un SPM es factible cuando las empresas cumplen con alguna de estas condiciones:
Empresas que están legalmente obligadas a tener su propio Servicio de Prevención Propio (SPP) no pueden ser parte de un SPM conformado para un sector en particular, aunque sí pueden participar en uno que incluya empresas del mismo grupo.
Otra alternativa es llegar a un acuerdo con un Servicio de Prevención Ajeno (SPA) para que asuma total o parcialmente las actividades preventivas que no son cubiertas con recursos internos. Un SPA es una entidad especializada, certificada por la autoridad laboral para llevar a cabo labores preventivas.
Cuando se opta por trabajar con un SPA, es recomendable que alguien dentro de la organización, que cuente con conocimientos en prevención, colabore con el SPA para asegurar la efectiva implementación de medidas preventivas en la empresa.
A pesar de contar con estos recursos especializados en prevención, es esencial que todo el personal de la empresa, en todos los niveles jerárquicos, desarrolle sus labores teniendo en cuenta los requisitos necesarios para prevenir riesgos. Esto garantiza que las tareas se lleven a cabo en condiciones seguras y saludables.
El “personal con funciones preventivas” de la empresa, según la modalidad elegida (empresario, trabajador(es) designado(s), SPP, SPM o SPA), colaborará y brindará asesoramiento a la organización para lograr una gestión efectiva de la PRL.
El empresario tiene la responsabilidad de consultar a sus trabajadores y hacerlos participar en todos los asuntos que afecten su seguridad y salud en el trabajo.
Además de ser un deber legal, esta consulta y participación se convierten en una fuente valiosa de información sobre los riesgos presentes, con el objetivo de mejorar las condiciones de seguridad y salud laboral.
Si en la empresa existen representantes específicos de los trabajadores en temas de prevención (llamados “delegados de prevención”), la consulta y la participación se llevarán a cabo a través de ellos. A estos representantes se les debe proporcionar información, formación y los recursos necesarios para desempeñar sus funciones. Si no existen, se utilizarán los representantes de personal si los hay, y si tampoco los hay, se recurrirá directamente a los representantes para hacer consultas. Estos representantes pueden proponer mejoras en las condiciones de seguridad y salud.
En empresas con más de 50 trabajadores, se establecerá un Comité de Seguridad y Salud (CSS). Este comité es un órgano de participación que se dedica a consultar regularmente las acciones de la empresa en temas de prevención de riesgos. Está compuesto por los delegados de prevención, por un lado, y por el empresario y/o sus representantes en igual número que los delegados de prevención, por el otro.
Es necesario llevar a consulta y participación cualquier aspecto que pueda tener un impacto significativo en la seguridad y salud de los trabajadores. Esto incluye, entre otros:
Es importante recordar que los delegados de prevención tienen la competencia de colaborar con el empresario y supervisar el cumplimiento de las normas en materia de prevención de riesgos laborales.
El plan de prevención de riesgos laborales es la herramienta que facilita la integración de las medidas preventivas en el sistema de gestión general de la empresa. La complejidad y el alcance de este plan deben ajustarse a la naturaleza de la actividad, la plantilla, la estructura y otros factores propios de la empresa.
Si bien la documentación del plan de prevención es un requisito obligatorio, no garantiza por sí sola su efectividad. Para lograr esto, es crucial que se implemente y aplique de manera adecuada en la empresa.
Este plan debe contener, como mínimo, los siguientes componentes:
Para lograr una gestión efectiva y aplicar con éxito el plan de prevención de riesgos, se cuentan con dos herramientas esenciales:
El concepto de riesgo laboral se refiere a la posibilidad de que un trabajador sufra un daño específico a raíz de su trabajo. La identificación y evaluación de estos riesgos son responsabilidad del personal encargado de tareas preventivas, contando con la colaboración activa de los trabajadores.
La condición de trabajo abarca cualquier característica laboral que pueda tener un impacto significativo en la generación de riesgos para la seguridad y salud del trabajador. Esto engloba aspectos como:
Una vez identificados los riesgos, se tomarán medidas adecuadas para eliminarlos. En caso de que esto no sea viable, se llevará a cabo una evaluación con el fin de determinar su grado de gravedad.
Para clasificar un riesgo en términos de su gravedad, se evaluarán en conjunto la probabilidad de que ocurra el daño y la gravedad del mismo. Además, se considerarán las características personales o el estado biológico conocido de los trabajadores que los hagan particularmente susceptibles a los riesgos relacionados con el trabajo.
La evaluación se someterá a revisión en los siguientes casos:
Asimismo, la evaluación inicial deberá ser reevaluada cuando exista acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. También se procederá a la revisión en situaciones contempladas por disposiciones normativas específicas.
Las medidas preventivas que se deben implementar dependen de los resultados obtenidos en la evaluación de riesgos. El personal encargado de funciones preventivas presentará una propuesta de planificación para reducir o controlar estos riesgos, la cual será revisada, evaluada, aceptada y, finalmente, aprobada por el empresario.
Esta planificación englobará medidas de índole técnica u organizativa. Algunas de las cuestiones que pueden formar parte de esta planificación son:
Estas medidas buscan asegurar que el entorno laboral sea seguro y propicio para la salud de los trabajadores, y deben ser abordadas de manera integral en el plan de prevención.
Para cada actividad que se haya planificado, se determinarán las acciones preventivas específicas que deben llevarse a cabo. Para cada una de estas acciones concretas se establecerán los siguientes puntos:
El empresario tiene la responsabilidad de asegurar que las medidas planificadas sean implementadas adecuadamente y de verificar su eficacia mediante un seguimiento y control adecuados. Si se observa que las medidas preventivas implementadas no están logrando los resultados deseados, será necesario implementar nuevas medidas correctivas para abordar la situación de manera adecuada.
La información y formación preventiva son esenciales para concienciar a los trabajadores sobre los riesgos laborales y las medidas de seguridad. Los trabajadores deben recibir capacitación tanto en aspectos relacionados con sus funciones específicas como en cuestiones generales de seguridad. Esta formación debe ser teórica y práctica, impartida al inicio del empleo y ante cambios en el entorno laboral que puedan introducir nuevos riesgos.
La formación preventiva debe ser proporcionada por el personal de prevención de la empresa siempre que sea posible. Para trabajos especializados o peligrosos, se determinará quiénes pueden realizarlos. Es vital asegurar que la formación sea efectiva, entendible y aplicable, involucrando a los trabajadores, sus representantes y los mandos intermedios en su diseño y ejecución.
La formación preventiva no solo promueve la seguridad laboral, sino que también fomenta un entorno donde los trabajadores toman decisiones informadas y participan activamente en la prevención de riesgos.
La empresa debe proporcionar a los trabajadores información completa sobre todos los aspectos que impactan en su seguridad y salud laboral. Esto incluye riesgos generales en la empresa y específicos de su puesto, así como medidas de prevención, protección y primeros auxilios. El objetivo es asegurar que realicen su trabajo de manera segura.
Esta información se comunica a través de los representantes de los trabajadores y directamente a cada empleado para los riesgos específicos de su puesto. Se emplean herramientas como fichas informativas, correos electrónicos y charlas.
Además, los trabajadores tienen la responsabilidad de informar sobre situaciones de riesgo. Por tanto, la empresa debe establecer un canal de comunicación bidireccional para garantizar el flujo de información.
La vigilancia de la salud (VS) regular de los trabajadores en relación a los riesgos laborales es una actividad preventiva obligatoria, que debe ser parte de la planificación preventiva.
Cuando se produce un daño en la salud de los trabajadores o cuando surgen señales de insuficiencia en las medidas preventivas, se realiza una investigación para identificar las causas y tomar medidas correctivas.
Para investigar y notificar accidentes laborales:
La investigación debe incluir:
La notificación de accidentes es una obligación de las empresas que implica completar datos sobre el accidente y comunicarlos al Ministerio de Empleo y Seguridad Social (MEYSS).
Los accidentes laborales con baja y la lista de accidentes sin baja deben notificarse. En situaciones de fallecimiento, accidentes graves o muy graves, o cuando estén involucrados cuatro o más trabajadores, la comunicación debe ser urgente y se realiza a la autoridad laboral de la comunidad autónoma en un plazo máximo de 24 horas desde el accidente.
La comunicación de altas o fallecimientos de los accidentados corresponde a la entidad gestora o colaboradora con la Seguridad Social.
El empresario completará el parte oficial de accidentes de trabajo para la notificación, que puede realizarse en línea a través del Sistema de Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (Delt@).
En la empresa, es importante considerar situaciones imprevistas para reducir sus consecuencias negativas.
Emergencia se refiere a un evento repentino, no deseado y en muchas ocasiones previsible, que puede causar daños graves a personas, bienes y el entorno, así como interrumpir la actividad laboral.
El empresario, según el tamaño y actividad de la empresa, debe analizar posibles emergencias y tomar medidas en primeros auxilios, prevención de incendios y evacuación de trabajadores. Debe designar personal capacitado para implementar estas medidas y garantizar su funcionamiento mediante revisiones periódicas. Este personal debe estar formado, en número suficiente y contar con el equipo adecuado.
Todos estos aspectos deben estar contemplados en la planificación preventiva, incluyendo la coordinación con servicios externos para primeros auxilios, atención médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, asegurando su rapidez y eficacia.
En ciertas actividades, lugares o instalaciones que puedan dar lugar a emergencias o verse afectados por ellas, se requerirá la creación de un Plan de Autoprotección.
La auditoría es una herramienta objetiva y sistemática para evaluar la gestión y la integración de la prevención en la empresa, a través de un análisis detallado y documentado. Si la empresa opta por una organización preventiva interna (empresario, trabajador designado, SPP o SPM), deberá someter su sistema de prevención a una auditoría.
Las empresas con hasta 50 trabajadores y actividades no peligrosas pueden solicitar exención de auditorías regulares a la autoridad laboral. Para ello, deben enviar el anexo II del RD 39/1997 debidamente cumplimentado.
Las actividades preventivas con un SPA no requieren auditorías reglamentarias, pero el SPA evaluará la integración del sistema preventivo en la gestión general y presentará resultados en su informe anual a la empresa.
Los resultados de la auditoría se plasmarán en un informe que incluye:
La primera auditoría de la empresa debe realizarse dentro de los 12 meses posteriores a la planificación de la actividad preventiva. Luego, se realizará cada 4 años, o cada 2 años en actividades especialmente peligrosas. Estos plazos se extenderán por 2 años si la modalidad preventiva se acordó con los representantes de los trabajadores.
Las empresas pueden optar por auditorías voluntarias para mejorar su sistema de prevención. Estas auditorías pueden realizarse cuando no son legalmente exigidas o cuando se busca una revisión más frecuente o extensa.
La auditoría es esencial para una mejora continua del sistema preventivo, como dicta la normativa.
La prevención de riesgos laborales requiere documentación adecuada. La empresa debe mantener y tener a disposición de la autoridad laboral al menos la siguiente documentación:
En complemento, dependiendo de la actividad de la empresa, podría requerirse documentación adicional. El empresario debe conocer y cumplir con la normativa específica en cuanto a documentos necesarios.
Empresas con hasta 50 trabajadores y sin actividades especialmente peligrosas (anexo I del RSP) pueden condensar en un único documento el plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos y planificación de actividades preventivas.
Esta documentación debe elaborarse, actualizarla y controlarla. Debe ser accesible y conservada en la empresa, a disposición de las autoridades laborales y sanitarias.
Otros documentos esenciales incluyen procedimientos de trabajo, planes de formación, plan de emergencias, revisión de instalaciones y equipos, registros de entrega de equipos de protección, actas de reuniones con representantes de trabajadores, resultados de auditorías, etc., para facilitar la integración de la prevención de riesgos en las pymes.
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